El Servicio Penitenciario Provincial, es una fuerza de seguridad dependiente del Ministerio de Seguridad, que tiene como misión la guarda y custodia de los procesados y condenados con penas privativas de libertad; el tratamiento dispuesto por la leyes de ejecución penal y la custodia y traslado de internos dentro y fuera del territorio provincial.
Velar por la seguridad y custodia de las personas sometidas a procesos y las condenadas a sanciones penales privativas de la libertad, procurando que el régimen carcelario contribuya a preservar y mejorar sus condiciones morales, su educación y su salud física y mental.
Velar y mantener el orden en todo el perímetro de los complejos penitenciarios, en un radio de 200 mts de extensión, pudiendo disponer las medidas que fueran necesarias para mantener la seguridad, el orden y la paz social de los establecimientos penitenciarios.
Procurar y promover la readaptación social de los condenados a sanciones penales privativas de libertad.
Producir informes criminológicos para las autoridades judiciales y administrativas sobre la personalidad de los internosl en los casos que legal o reglamentariamente correspondan.
Asesorar al Poder Ejecutivo Provincial en todo asunto que se relacione con la política penitenciaria.
Cooperar con otros Organismos en la elaboración de una política de prevención de la criminalidad.
Asesorar en materia de su competencia a otros Organismos de jurisdicción Provincial o Nacional.
Llevar estadísticas penitenciarias e intercambiar información de interés científico o técnico con otras admisnitraciones penitenciarias.
Atender al reclutamiento, seleción, formación y perfeccionamiento del personal penitenciario.
Investigar los delitos intramuros y otros que las autoridades competentes les requieran, para ello, actuarán como auxiliares de justicia, con todas las atribuciones que las leyes, decretos y reglamentos establecen.
Reunir y gestionar la información penitenciaria para la toma de decisiones preventivas.
Prestar colaboración a la justicia provincial y nacional, a la policía de Tucumán y demás fuerzas de seguridad federales con asiento en la Provincia, cuando les sean requeridas en cumplimiento de sus funciones, órdenes y resoluciones administrativas y judiciales.
Actuar como preventores de seguridad y auxiliares de justicia.
Proveer servicios de seguridad y vigilancia adicional, de conformidad a los parámetros que establece esta ley y la reglamentación que a los efectos se dicte.
Celebrar convenios con insttituciones públicas o privadas para el cumplimiento de su misión y conformea las funciones establecidas por Ley.
Mantener relaciones con Servicios Penitenciarios extranjeros, con fines de capacitación, cooperación y coordinación internacional en materia de seguridad y tratamiento penitenciario.
Colaborar en situaciones extraordinarias al mantenimiento del órden público, la seguridad general y la paz social, cuando resulte necesaria su intervención a criterio del Ministerio de Seguridad. En tales supuestos, deberá indicarse la unidad y/o comando operacional bajo la cuál actuará.