| Funciones del Organismo: |
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- Asesorar a la Superioridad respecto a objetivos, políticas y planes del sector.
- Entender en la formulación del Presupuesto General de la Provincia y de los Organismos Descentralizados y/o Autárquicos, Cuentas y Fondos Especiales e intervenir en el control de su ejecución, conforme a la normativa vigente.
- Cumplir y hacer cumplir las normas administrativas, presupuestarias y contables.
- Entender en la administración del Tesoro de la Provincia e intervenir en el régimen de la Deuda Pública.
- Entender en todo lo referente a la Contabilidad de la Hacienda Pública Provincial.
- Entender en la operatividad del sistema de información financiera.
- Entender en la percepción y aplicación de los tributos y tasas provinciales(*).
- Entender en la realización y actualización del catastro urbano y rural de la Provincia (*).
- Entender en el régimen jurídico de la propiedad inmueble en la Provincia(*).
- Resolver por sí todo asunto interno de su Secretaría que no requiera intervención de la Superioridad.
- Asesorar en la elaboración de leyes y decretos para el mejor cumplimiento de los objetivos, políticas, planes y programas del sector.
- Ejercer la supervisión de los organismos que se hallen bajo su dependencia directa coordinando su funcionamiento.
(*) Funciones transitorias mientras se encuentre vigente el Decreto Acuerdo Nº 5/3 (ME) del 30/10/03. -
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